Cierre de oficinas
Gracias al acuerdo de cierre de oficinas, firmado por CCOO, existen derechos que debes conocer si perteneces a un centro que cierra o que recepciona. El más importante: la protección del empleo.
- ¿ME PUEDEN CAMBIAR DE PUESTO O DE LOCALIDAD? Si no puedes quedarte en la oficina que recepciona, tienen que reubicarte teniendo en cuenta la proximidad geográfica a tu domicilio u oficina de origen, procurándote el menor perjuicio posible y manteniéndote las medidas de conciliación que tuvieras.
- ¿QUÉ DERECHOS TENGO EN LA NUEVA OFICINA? Prioridad de permanencia en el nuevo centro de, al menos, 24 meses. Y en caso de perjuicio en el cambio, tienes derecho a una compensación económica que dependerá de la distancia a la oficina de origen o domicilio.
Los acuerdos regulan y garantizan nuestros derechos. Ante cualquier problema, tienes a CCOO para ayudarte.
Horario jornada partida
La semana que viene finaliza la jornada partida negociada en el vigente Convenio Colectivo de Banca para todas aquellas personas que estén trabajando en la modalidad de horario partido recogido en el artículo 26 del citado convenio (de lunes a jueves, de 8 a 17 horas, con una pausa de una hora para comer y los viernes, intensivo de 8 a 15 horas.)
A partir del lunes 25, y hasta el 30 de septiembre inclusive, gozarán de una jornada intensiva de lunes a viernes, de 8 a 15 horas con pausa de 15 minutos.
CCOO exigimos una regulación de horario en todos los departamentos y oficinas con acuerdos negociados
El poder de cambiar las cosas








